sábado, 24 de noviembre de 2012

Musulmanes en Catalunya

Según los datos extraídos de las últimas publicaciones del INE de 2009, hoy en día residen en Cataluña al menos 400.000 musulmanes. De los cuales figuran empadronados 241.001 marroquíes, 42.982 pakistaníes, 9.330 argelinos, 6.790 de Mali, 2.505 mauritanos y 21.012 del resto de comunidades africanas que profesan la religión mahometana.
Por otra parte, hay que sumar la estimación oficial del un 15% de no empadronados, más de entre el 2% y 3% de aquellos que han llegado a Cataluña en los últimos seis meses y todavía no figuran empadronados por el retraso en el padrón a ser incluidos en el INE.

Desde 1998 a 2010 Cataluña ha pasado de 38.857 marroquíes a 241.001.

Desde 1998 a 2010 Cataluña ha pasado de 1.212 pakistanís a 42.982.
Desde 1998 a 2010 Cataluña ha pasado de 172 mauritanos a 21.012.
Desde 1998 a 2010 Cataluña ha pasado de 994 a argelinos a 9.330.

1. Métodos de llegada


Se puede considerar el verano de 1993 como el punto de aceleración del goteo constante de llegada de irregulares provenientes del Magreb. Los nacionales de Marruecos y Argelia que posteriormente se quedarían en situación de irregularidad, utilizaban básicamente dos vías de entrada en España.


La primera y más numerosa, consiste en acceder a territorio español a través de puestos fronterizos habilitados provistos del correspondiente visado turístico expedido por alguno de los Consulados Generales de países europeos asentados en Orán y Argel en el caso de Argelia, y por otra parte de Nador, Tetuán, Rabat, Casablanca y Agadir en el de caso de Marruecos. La segunda vía y menos numerosa, se produce a través de la llegada al Mediterráneo andaluz, a través del conocido método de pateras desde las costas marroquíes, o en menor medida desde las costas de Ghazaouet y Beni Saff, en Argelia occidental.


1.1. La vía Consular


Para la obtención del correspondiente visado turístico, el “turista” -en este caso marroquí o argelino-, tiene que desplazarse al Consulado General de España de su demarcación consular y acreditar que desea viajar a España al objeto de realizar una visita no permanente, -ya sea turismo, asistencia a un congreso, intervención hospitalaria a su cargo, visita de familiares, o simplemente viaje de ocio-. En todo caso, este turista está obligado a demostrar ante la representación diplomática, lo que se denomina “la garantía de retorno”, es decir, demostrar que no va a utilizar el visado turístico, para conseguir acceder a España y no retornar al cabo de la conclusión del plazo establecido en el visado, y de esa forma, quedarse irregularmente en nuestro territorio.


Para este trámite, al solicitante, -en virtud de la “Instrucción Consular Común”, recogida en la decisión 28 de abril de 1999 del Comité Ejecutivo de Schengen-, se le exige que demuestre documentalmente suficientes “garantías de retorno” ante la representación diplomática. Es decir; que se trata de una persona con un alto nivel de vida, ser empresario, alto funcionario, comerciante o industrial de aquellos países.


Todo cambió cuando en 1995, los países de la UE firmaron el Acuerdo Schengen y dejaron de expedir visados nacionales, para empezar a emitir visados Schengen. Para más adelante y con la aprobación del Reglamento 539/2001 de 15 de marzo del Consejo de Europa, en su artículo 2º, se reafirmó que con un visado expedido por cualquier país Schengen, “el turista”, puede acceder a Europa a través de cualquier frontera exterior con otro Estado miembro firmante del tratado.


¿Esto qué quiere decir?: que desde ese 1995, “el turista” provisto con un visado Schengen expedido por el Consulado General de Francia en Agadir (Marruecos), puede viajar en avión desde el aeropuerto Mohamed V de Casablanca y acceder al espacio europeo por Sevilla. El policía español del puesto fronterizo habilitado del aeropuerto de la capital hispalense, -aún siendo un vuelo exterior -, le tiene que permitir el acceso a territorio español, puesto que accede con un visado expedido por un país firmante del tratado Schengen.


A partir de 1995, gran parte de los magrebíes irregulares que se quedarán en España, habrán accedido a nuestro país, provistos de visados turísticos de países Schengen utilizando para ello principalmente por los puertos de Algeciras y Alicante, y por vía aérea los aeropuertos de Barajas, El Prat y Gando (Gran Canaria).


“El 80% de los argelinos y el 40% de los marroquíes ilegales que hay en España, lo hacen después de haber entrado legalmente en España, provistos de visados turísticos, expedidos por Consulados franceses en el Magreb. Francia concede 15 veces más de visados que España en Argelia, mientras las autoridades españolas en Argelia concedieron 21.808 visados de turista en 2002, los consulados franceses concedieron 311.000 en el mismo año, cifras que hoy se mantienen. Como telón de fondo subyacen las buenas relaciones que mantiene el país galo con sus antiguas ex colonias -Argelia y Marruecos”-. (Fuente: El Mundo 2004. Ana del Barrio)

¿Cuál es la prueba?. Cuando en los procesos de regularización de 2001 y 2005 se empezaron a analizar los pasaportes que aportaban los irregulares, en las correspondientes Subdelegaciones del Gobierno, se observó con nitidez, que en la mayoría de los casos, en alguna hoja de su pasaporte, el solicitante magrebí tenía pegado el visado turístico expedido algún Consulado General de de país europeo.

1.2. Las pateras


A partir de 1993, las pateras suponen sólo el 10% de la entrada de inmigración irregular en España. Por este procedimiento, acceden principalmente a España jóvenes del mundo rural, -que por la situación de desempleo y obnubilados por las imágenes que se emiten a través de las centenares de parabólicas que inundan el paisaje de las poblaciones del reino Alahuita, a través de las cuales se proyecta una imagen sobredimensionada de la sociedad europea-, cuando fracasan en su intento de conseguir el visado en los consulados europeos. Al fin contactan con algún conocido, amigo o familiar, que ha logrado instalarse España de forma irregular y éste les informa de los pasos a seguir.


2. ¿Por qué eligen Cataluña?
En la década de los noventa ocurrían dos fenómenos curiosos dignos de análisis: Primero la inmigración de Europa del este no podía acceder a la UE, y por consiguiente a España, por el cierre de fronteras con aquellos países. Y por otra parte, Colombia y Ecuador todavía no habían sufrido la terrible hecatombe económica de 2002. Este y no otro, es el motivo de la escasa llegada a España de nacionales referidos, que sin embargo, desde 2002 llegaron a España con tanta profusión.

Hasta 2002 la comunidad autónoma catalana, sin duda alguna, era uno de los motores de la economía española. La agricultura, la ganadería, la industria, el turismo y la construcción se desarrollaban con fuerza.

Cualquiera de las cuatro provincias que la componen, era el lugar menos difícil para encontrar empleo en sectores de poca cualificación en las áreas referidas.

Desde 1995, los inmigrantes que se iban quedando irregularmente en nuestro país, eran principalmente originarios del Magreb. No tenían muchas dudas, en Cataluña ya tenían algún familiar, amigo o vecino marroquí o argelino, que había conseguido “quedarse”, a través de los procedimientos anteriormente descritos. Y en una sociedad oral como la marroquí donde mayoría de la transmisión de la información es por vía verbal, se fue produciendo un impacto sin parangón. Lo cierto es que en 1995 no era difícil escuchar en las calles de Casablanca, a jóvenes marroquíes manifestando al turista español, que un amigo, un primo, o hermano ya estaban sin papeles asentados en Gerona, Tarragona, Lérida o Barcelona.


… Obviamente esta inmigración también es facilitada por las posibilidades de trabajo irregular que estos confían encontrar en España principalmente en ganadería y agricultura, ayudados por los apoyos e informaciones que los aportan los familiares y amigos de esos inmigrantes ya asentados en España (Gonzálvez, Dir 1995).


El INE ya informaba en 2.000, que en toda Cataluña había empadronados 60.768 marroquíes, 2.176 Pakistaníes y 971 argelinos.


3. La policía, abandonada


Como antecedente conviene recordar que según la Constitución Española en su Artículo 149. 1.2 “El Estado tiene competencia exclusiva sobre Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo”. Y es la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuando en su artículo 12.1.a dice: Serán ejercidas por el Cuerpo Nacional de Policía:

1º.- El control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
2º.- Las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración.

En 1994, en el ámbito policial el abandono era absoluto. La gran mayoría de Grupos Operativos de Extranjeros del Cuerpo Nacional de Policía hacían los expedientes de expulsión con máquinas de escribir -modelo Olivetti 98- y por si fuera poco había Brigadas Provinciales de Extranjería y Documentación que contaban con tres funcionarios de policía para asistir a toda la Provincia. No había interconexión de bases de datos con la Guardia Civil. Hasta el año 2000, no comenzaron a unificarse las administraciones con competencia en extranjería, creándose lentamente las primeras Oficinas Únicas de Extranjeros. Estaba claro que las autoridades públicas –de todos los partidos políticos-, no le daban mayor importancia a un fenómeno que diez años después -y según el CIS- se ha convertido en la principal preocupación de la sociedad Catalana –.


En 2001 no se dedicaba ni el más mínimo esfuerzo al objeto de dotar al Cuerpo Nacional de Policía, de medios humanos y materiales suficientes para desarrollar sus funciones en materia de control de la inmigración. La clase política no se atrevía a enfrentarse a las corrientes sociales dirigidas por las ONGs, asociaciones de inmigrantes, sindicatos y algunos partidos políticos de tinte progresista, que empezaban a hablar de “papeles para todos” e incluso de “eliminación de fronteras”.


Por si fuera poco, los Ayuntamientos más importantes de Cataluña mantenían y mantienen su resistencia a que la Policía tuviera acceso a los padrones municipales de ilegales empadronados –situación que se ha puesto de manifiesto recientemente con el consistorio de Vic- donde todos los partidos políticos que antes mantenían “el papeles para todos”, en enero de 2010, han votado a favor de no empadronar a los ilegales.


En 2001, la suma de las comunidades marroquí, pakistaní y argelina que residía en Cataluña ya ascendía a 65.000 inmigrantes, que con la ayuda inicial de alguna ONGs, sindicatos y de IU, ERC, IC y PSC, iniciaron el camino hacia una estructuración social compleja. Se crearon las primeras asociaciones de inmigrantes, comunidades islámicas, se asentaron imanes y de forma muy especial la organización de trabajadores ATIME.


En ese año, en determinados barrios de ciudades como Figueras, Salt, Roses, Badalona, Santa Coloma, Tarrasa, Rubí, Vic, Reus, Tortosa y Valls, la densidad de la población musulmana rebasaba el 5% de la población, comenzó la continua apertura de oratorios y mezquitas – que hoy ascienden a más de 200-, carnicerías islámicas halall, restaurantes árabes, teterias, peluquerías árabes. Y la aparición del primer Consejo Islámico de Cataluña. El 10 de febrero de 2001 empezó en la iglesia de San Antoni de Feliá (Badalona), el primer encierro de 80 inmigrantes magrebíes, lo que en años sucesivos fue una constante en Cataluña.


4. La llegada de los “pakis”. 2000-2010


En 2000 y en medio de este fenómeno social catalán, cuyos protagonistas eran sin duda los inmigrantes de origen magrebí, apareció en escena un novedoso fenómeno que se entrelazó con el ya existente, apareciendo en escena de un valor en alza. Los pakistaníes.


El lugar de origen de la mayor parte de los pakistaníes en España es la provincia de Punjab, especialmente los distritos de Gujrat, con los tehsils o comarcas de Gujrat y Kharian, y de Mandi Bahauddin, situados ambos en el centro norte del país en la frontera con la provincia de Cachemira, que en los años sesenta inmigraron en masa a su metrópoli (Inglaterra).


El endurecimiento de la política migratoria del Reino Unido en los años setenta del siglo pasado, obligó a buscar nuevos destinos al movimiento migratorio pakistaní, buscando horizontes en los países nórdicos, Alemania y Francia. En este contexto de búsqueda de nuevos destinos aparecieron en la década de los ochenta los primeros pakistaníes en la ciudad de Barcelona.


En 1998 sólo en Cataluña había 1.212 pakistanís. Pero la su llegada a Barcelona cobró notoriedad a partir de 2003 cuando ya alcanzaron la cifra de 13.471 en toda la Comunidad Autónoma, llegados principalmente de las bolsas de inmigración irregular que había en Francia y Holanda, que ante la presión policial en aquellos países y alentados por tímidos procesos de regularización españoles de 1985, 1991 y 1996, fueron lentamente cruzando los pirineos para instalarse principalmente en Badalona y Barcelona, ciudad ésta, en claro crecimiento y dotado de un gran puerto que les seducía al objeto de desarrollar la posterior actividad en materia de importación de mercancías, que posteriormente les facilitaría la instalación de bazares, tiendas y almacenes en toda la ciudad condal.


Más del 72% de los pakistanís que residen en España, están concentrados en Cataluña y de esos 15.000 sólo en Barcelona. Esta población se concentra principalmente Barcelona y Badalona. Se han especializado en la actividad comercial. Los negocios que regentan, en un principio están orientados a satisfacer necesidades especiales de sus vecinos también pakistaníes: carnicerías halal, peluquerías, videoclubs, pastelerías, agencias de viaje, para luego extenderse al mercado general, relacionadas con la comida, aunque no exclusivamente orientadas a clientela coétnica: restaurantes de comida pakistaní (shawarma,kebab), tiendas de comestibles (pequeños supermercados), fruterías y verdulerías, así como tiendas de ropa, bazares. Otros negocios están relacionados con la comunicación: tiendas de telefonía móvil y especialmente locutorios y agencias de tramitación de transferencias.


Su epicentro es el barrio tradicional del Rabal (Barcelona), donde ya hay tres mezquitas funcionando. Lugar donde en las proximidades de la calle hospital, se detuvo en 2008 a un grupo de terroristas islámicos paquistaníes que habían planificado volar el metro de Barcelona en horas de máxima afluencia. Y ya se ha detectado una gran actividad religiosa radical por parte de una corriente numerosa dentro de la población Pakistaní, llamados los “Taglib”.


Hay que destacar el encierro en el interior de la Catedral de Barcelona el 6 de junio de 2005, cuando mil inmigrantes irregulares -la mayoría paquistaníes- irrumpieron en medio de la celebración de una misa. Al final fueron desalojados por las UIPs del Cuerpo Nacional de Policía y desalojada la Catedral los agentes policiales encontraron en su interior un espectáculo dantesco. Centenares de defecaciones y orines se desperdigaban en el interior del recinto cristiano de referencia de Cataluña –hechos por los que nadie ha pedido perdón-. Hoy día, al inicio de 2010 hay 36.739 Pakistaníes empadronados en Cataluña, a lo que hay que sumar los que no lo están, por tanto estamos superando los 40.000.


Los procesos de regularización de 2001 y 2005 animaron a más pakistaníes que se encontraban ilegalmente en Francia y Holanda, que cruzaron los Pirineos. Del año 2003 al 2007 la comunidad pakistaní ha vuelto a doblar su población, pasando de 13.471 a 27.362, en gran parte debido al efecto llamada de proceso de regularización de 2005.


5. Regularizaciones. Podemos destacar las siguientes:


5.1. Regularización de 1991


Como dice Aragón y Chozas, los marroquíes y argelinos, son los protagonistas destacados de la inmigración irregular procedente de países menos desarrollados. Estos inmigrantes llegaron a España de forma clandestina o bien como turistas, pero reconvertidos después en trabajadores ilegales… Su generalizado acceso irregular a España queda corroborado cuando el 86% de los regularizados en 1991 declara que llegó como “turista”. Encuesta realizada por la Dirección General de Migraciones a los inmigrantes regularizados en 1991 (Aragón y Chozas. 1993).


5.2. Regularización de 2001


En 2001 habitaban en Cataluña 60.768 marroquíes, 4.353 pakistanís y 1.212 argelinos. A raíz del proceso de regularización de ese año -que en Cataluña hubo 135.000 solicitudes-, se acabó con las bolsas de irregulares, convirtiéndose en extranjeros con permiso de residencia en España.


Ante tales hechos, ya podían acogerse al procedimiento de la Reagrupación Familiar recogido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 4/2000 reformada por la 8/2000 de 22 de Diciembre sobre derechos y libertades de los extranjeros en España; que en su artículo 17.1, a, b, c y d, contempla que cualquier extranjero regularizado puede “traerse a España”, a sus hijos menores de 18 años, cónyuges y ascendientes.


Los requisitos son demostrar: “haber renovado el permiso de residencia inicial”, “tener medios económicos de vida suficientes para el sostenimiento de aquella persona/as que desea reagrupar” –aún siendo contratos temporales- y tener una vivienda en alquiler “que reúna unas condiciones físicas adecuadas para la habitabilidad”.


Estos requisitos a simple vista pueden parecer estables, pero los ingresos económicos se calculan en función del salario mínimo interprofesional y sin necesidad de tener contrato fijo. Y en el caso de la vivienda se da por buena, siempre que no sea una infravivienda.


La regularización, más el comienzo de las reagrupaciones produjo que desde 2001 se cree una nueva dimensión social que todavía no ha concluido, debido a que cada regularizado trae a España a cónyuge, hijos y ascendientes. En 2001, -la población Pakistaní pasó de 4.323 a 42.982 en 2010. La marroquí de 60.768 a 241.001 en las mismas fechas. Cifras a las que hay a incorporar miles de nacidos en España en los siguientes años. Este procedimiento es el motivo principal por el que Cataluña haya pasado de 65.000 a 400.000 musulmanes en un plazo de ocho años (2001-2009).


La regularización de 2001 despierta ilusiones en el Magreb y el efecto llamada es intenso, las pateras y polizones en los bajos de camiones se multiplican, hasta tal punto, que en 2001 comienza la instalación del SIVE en las costas Mediterráneas. La ilusión de este proceso generó unas desmedidas ilusiones en aquellos países, hasta el caso que en 2002 en el Consulado General de España en Orán, dos empleados externos del mismo, solicitaron un visado para ir a España y ya no regresaron, se quedaron irregulares en Alicante.


A partir de 2001 continuaban llegando pateras cargadas de amigos, primos y vecinos de los recién regularizados. Sólo hay que hacer un pequeño esfuerzo para imaginarse el impacto entre los jóvenes el pueblo de un regularizado, que en 1998 salió a pie, de Sidi bel Abbes (Argelia) y tres años después, vuelve de vacaciones a ver a su familia con un coche mercedes de segunda mano, vestido a lo occidental y con la tarjeta de residencia europea en la mano. Estas escenas aún vistas desde Occidente con incredulidad, son las que producen las llegadas.


5.3. La regularización de 2005


En ese año, ya había en Cataluña 143.405 marroquíes, 20.028 paquistaníes y 5.257 argelinos empadronados. El proceso de regularización extraordinario de 2005 “la ley Caldera”, acabó de regularizar a la población magrebí y Pakistaní que llegó a España durante 2002, 2003, 2004 y 2005. La noche del 27 de abril de 2005, 2000 pakistaníes consiguieron entrar a España atravesando a pié, en taxi y autobús la frontera francesa por Irún, para dirigirse a Barcelona (Portada: El Mundo 27.04.2005).


“En Cataluña existe una voluntad real de asentamiento definitivo de la población marroquí. Esta afirmación viene avalada por varios indicadores, uno de ellos es la adquisición de viviendas en propiedad, “el 28,9% de los marroquíes frente al el 16% de ecuatorianos”. (Centro de Estudios Demográficos de Cataluña, 2007)


6. El auge de la inmigración islámica en Cataluña
Después de haber pasado 5 años del último proceso, los musulmanes ya han doblado su población en Cataluña. Hay más de 400.000, pero todavía no se han concluido las reagrupaciones familiares de estos regularizados en 2005. Desde 2002 hasta nuestros días se han instalado más de 200 mezquitas y oratorios, construcción inmersa en polémica y rechazo de las asociaciones de vecinos. Cabe destacar las manifestaciones en Premiá de Mar, disturbios de Terrasa, Can Anglada, manifestaciones en Rubí, Tortosa, Reus, Santa Coloma, Badalona y Vendrell en contra de la apertura de mezquitas.

En 2003 ya existía una madrasa en Cataluña, sita en la calle Lizt de Santa Coloma (Barcelona), donde varios líderes religiosos fueron detenidos y procesados por la Audiencia Nacional acusados de reclutar inmigrantes musulmanes de Cataluña y enviarlos a combatir a Irak, Afganistán y Chechenia (Efe 18.06.2005). Lo mismo ocurrió, cuando se denunció que volvían a Cataluña, varios muyaidines que habían combatido en Irak y Afganistán (16.03.2007 El Periódico de Cataluña).


En 2010 existen ya varios lugares de Cataluña, donde centenares de musulmanes ocupan rezando parques públicos y plazas. Es el caso de la plaza de Camarón de la Isla en Badalona (Barcelona), donde cada viernes a las 13.30 horas, se concentran más 500 musulmanes que ocupan la plaza. En el Polideportivo de Santa Coloma (Barcelona), se concentran en torno a 200 cada viernes. Cada año, en la fiesta del cordero y en la apertura del Ramadán, los Ayuntamientos ceden a las Comunidades Islámicas, polideportivos e incluso plazas de toros para que se concentres miles de musulmanes al rezo.


7. La nacionalización 2011-2018


Por último conviene matizar que, según el artículo 22 del Código Civil, los ciudadanos que nos ocupan empezarán a nacionalizarse a partir de los 10 años de residencia legal en España. Valorando que la inmensa mayoría fueron regularizados en 2001 y 2005 -y que las reagrupaciones familiares no se han acotado en los últimos años- a partir de 2012 se empezaran a nacionalizar los 400.000 musulmanes de Cataluña, más los que continúen llegando en función de las reagrupaciones y también naciendo de ese colectivo.


Artículo 22.1. del Código Civil:

“Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes”.

Artículo 22.1.3. del Código Civil:

“En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición”.

Alejados de las valoraciones catastrofistas de informes exagerados que intentan captar la atención del ciudadano asustado, se puede afirmar con rotundidad que antes de siete años (2018), habitarán en Cataluña más de 500.000 musulmanes nacionalizados. La primera parte a partir de 2011 y la segunda a partir de 2015 –diez años después de cada proceso-. Hablamos del 8% de la población de aquella comunidad, a los que habrá que ir sumando el índice de natalidad de 3 hijos por pareja. En contraposición del 1,5 hijos por pareja de los por pareja de los actuales catalanes

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